¿Necesito carnet de remolque?
Para determinar si se necesita carnet de remolque, solamente es necesario hacer unas sencillas comprobaciones en las tarjetas de inspección técnica del vehículo tractor y del remolque.
Si la masa máxima autorizada (MTMA/MMA) del remolque no es superior a 750 Kg., no hace falta carnet de remolque, basta con el correspondiente al vehículo tractor.
Si la masa máxima autorizada (MTMA/MMA) del remolque es superior a 750 Kg. entonces hay que comprobar que la suma de las masas máximas autorizadas (MTMA/MMA) del tractor y del remolque no supere los 3.500 Kg. y que la masa máxima autorizada (MTMA/MMA) del remolque no sea superior a la tara del vehículo tractor.
Si se cumplen las dos condiciones no es necesario el carnet de remolque.
El Reglamento General de Conductores, publicado en 2009, amplía la masa máxima autorizada del conjunto tractor-remolque que se puede conducir con un permiso de la clase B de 3.500 Kg a 4.250 Kg., no obstante para másas máximas autorizadas superiores a 3.500 Kg. es necesario obtener una autorización que consiste en una prueba de circulación y otra de maniobras con remolque.
En los demás casos es preciso el carnet de remolque (B+E).
Lo anterior es aplicable a vehículos que puedan conducirse con el permiso de clase B. Si el vehículo tractor necesita otro permiso habrá que hacer las respectivas correcciones.
Además en ningún caso se podrá arrastrar un remolque si la MTMA/MMA del mismo es superior a la masa máxima remolcable (MMR) sin freno (S/F) o con freno (C/F), según el remolque disponga de sistema de frenado o no, que figura en la tarjeta de inspección técnica del vehículo tractor.
NOTA: Las siglas MTMA/MMA, MMR, etc., corresponden a las que figuran en la tarjeta de inspección técnica del vehículo.